Mientras más restrictivo el aborto, más muertes causará

por HORI SHEREM, Est. Heschel, Seminario Rabínico Latinoamericano Marshall T. Meyer. Líder espiritual, Centro Comunitario Tfilat Shalom (tfilatshalom.org.ar). Director, Casa Joven Beit Tfilat.
 
“Pikuaj nefesh” (salvar una vida) es uno de los preceptos más importantes para el judaísmo, es por eso que cuando una vida está en riesgo no podemos hacer “la vista gorda” y hacer como si los problemas de otro no nos importen. Pero ¿Cuál es la vida que está en riesgo y de la cual debemos ocuparnos?
La legislación judía deja claramente explícito que la vida de una mujer es vida en acción, mientras que un feto es vida en potencia. Esto quiere decir que la vida del embrión no es tal hasta el momento en que nace y respira por sus propios medios. Aunque suene fuerte decirlo (y escucharlo o leerlo), si un bebé nace muerto, para la legislación judía ese bebé nunca existió.
Al respecto, la interpretación rabínica de la época talmúdica considera al embrión un órgano más de la madre mientras se encuentre dentro del vientre materno. El tratado de Baba Kama 78b lo llama “Ubar ierek imo” el feto es cual muslo de su madre. Se le puede practicar cuidados especiales, cirugías y otros tratamientos para mantenerlo a salvo, así como lo haríamos con cualquier órgano de la madre y aún hasta el momento de nacimiento, el feto puede ser destruido si corre riesgo la vida de la madre.  “A una madre que le es duro tener a su hijo se le golpea el vientre y se lo saca órgano por órgano ya que su vida [la de la madre] tiene prioridad por sobre su vida [la del feto]. Si sale la mayor parte del cuerpo (cabeza) no acostumbramos a hacer esto porque no reemplazamos una vida por otra” (Mishna Oholot 7:6)
El primer gran rabino sefaradí del estado de Israel entre 1948 y 1953, Ben Tzion Meir Jai Uziel, escribió en su Tshuva Joshen Mishpat 3:46: “Está claro que el aborto no está permitido sin ninguna razón… sin embargo, por cualquier razón, incluso un justificativo débil, por ejemplo para prevenir la vergüenza pública de la mujer, existe el precedente y la autoridad (Arajim 7a) para permitirlo”
Rabinos que lo antecedieron han sido ejemplos de esto:
El Rab Iakov Emdan de Alemania en el siglo XVII legisló a favor de la interrupción de un embarazo de una mujer que quedó embarazada producto de una infidelidad, para evitar la vergüenza de la madre.
El Rab Iehuda Perilman de Minsk en el siglo XIX permite una medida contraceptiva inmediata luego de la relación sexual en el caso de una violación, y lo permite también en etapas más avanzadas del embarazo” (Tirzah Meacham).
Otro motivo, según ciertos rabinos, para permitir el aborto es el daño psicológico potencial que puede causar el embarazo a una mujer. Para ciertos sabios, el daño psicológico como consecuencia de un embarazo, o por tener un bebé que nacerá enfermo o con grandes sufrimientos, o cuando se sabe que va a tener mala calidad de vida, el aborto está permitido.
De acuerdo al marco jurídico local, Argentina adhiere al “modelo de indicaciones o causales”, en virtud del cual el aborto está penalizado excepto en determinados supuestos. Desde 1921, el artículo 86 del Código Penal de la Nación establece excepciones a la punibilidad del aborto: a) en caso de peligro para la vida de la mujer; b) en caso de peligro para la salud de la mujer; c) en caso de violación; d) en caso de atentado al pudor de mujer “idiota o demente”.
En estos casos, el aborto está permitido por la ley y debe ser garantizado por los servicios de salud, sin necesidad de denuncia ni de autorización judicial. Para ponerlo en términos concretos: la situación es tan arbitraria que en la práctica, en función de la jurisdicción en que le haya tocado nacer a una mujer o niña, ésta podrá ejercer su derecho de acceso al aborto o no. Pero incluso dentro de las provincias donde existen protocolos, su implementación es errática y en el último tiempo ha habido algunas iniciativas regresivas que buscan impedir la práctica.
Todos los años, los abortos en condiciones de riesgo le cuestan la vida a miles de mujeres. La despenalización del aborto y la seguridad de acceso a los servicios de salud reproductiva y planificación familiar reducen la mortalidad materna. Sin embargo, se silencia a las mujeres y se las excluye de los procesos de toma de decisiones y el acceso a tales servicios les es negado.
Los obstáculos al aborto legal y la amenaza de criminalización empujan a las mujeres a acudir a abortos inseguros. La penalización del aborto impacta negativamente en el acceso a los abortos legales y ello afecta los derechos de miles de mujeres y niñas en nuestro país. Se ha demostrado que, pese a la prohibición del aborto en las legislaciones locales, las mujeres y niñas continúan acudiendo a esta práctica.
Es posible concluir entonces que restringir el aborto por vía legal no garantiza una tasa de aborto baja; de igual manera, permitir el aborto bajo criterios amplios no se traduce en una tasa alta. El estatus legal, sí afecta, sin embargo, la seguridad del aborto.
En relación con ello, la Organización Mundial de la Salud ha dicho que, cuanto más restrictiva es la legislación sobre el aborto, mayor es la probabilidad de que éste no sea seguro y cause la muerte.
Es fundamental avanzar hacia la derogación de legislación que permite criminalizar a las mujeres y niñas por solicitar someterse a un aborto. La criminalización del aborto no sólo no disuade a las mujeres de practicarse abortos clandestinos, sino que además las induce a recurrir a métodos de aborto riesgosos para su salud y su vida. La penalización del aborto y sus restricciones, además de negar el derecho a la salud y la vida de mujeres y niñas, crea un problema serio de salud pública porque da lugar a prácticas clandestinas e inseguras que durante décadas han constituido una de las principales causas de mortalidad.
La ciudad de Buenos Aires se movilizó ayer para manifestar su opinión, cientos de miles de personas salieron a las calles a hacerse escuchar, a favor y en contra. Pero el movimiento feminista y su color verde fueron más fuertes. El aborto es una realidad, la diferencia está en nosotros como sociedad si lo definimos como legal o como clandestino. La Cámara de Diputados, en una decisión histórica,  aprobó el aborto libre, seguro y gratuito, por 129 votos a favor, 125 en contra y una abstención. La emoción afuera del Congreso ponía la piel de gallina a cualquiera. El camino está trazado, el debate continúa, ahora le toca al Senado decidir. “Educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir”. La legalidad argentina está cambiando de acuerdo a su sociedad.

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